domingo, 27 de febrero de 2011

25 - LEY ORGÁNICA DE LIBERTAD SINDICAL 11/1985 DE 2 DE AGOSTO

La libertad sindical es uno de los principios jurídicos fundamentales en los que se basa el actual sistema de relaciones laborales en España, según se indica en el artículo 28.1 de la Constitución Española de 1.978: Todos los trabajadores tienen derecho a sindicarse libremente para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.

La ley orgánica pretende unificar los precedentes y posibilitar un desarrollo del derecho de libre sindicación de los trabajadores reconocido en la Constitución. El de los empresarios se entiende suficiente con lo indicado en la misma.

En el Título I se fija el ámbito de la ley, que compete a todos los trabajadores por cuenta ajena, sean o no de las Administraciones públicas. Quedan exceptuados los miembros de las Fuerzas e Institutos Armados, así como los jueces, Magistrados y Fiscales, mientras se hallen en activo.

La libertad sindical comprende:
  1. El derecho a fundar sindicatos sin autorización previa así como el derecho a suspenderlos o extinguirlos.
  2. El derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección o separarse del que estuviese afiliado.
  3. El derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.
  4. El derecho a la actividad sindical.